Directiva sobre debida Diligencia en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)

El 1 de junio de 2023 el Parlamento Europeo votó la Directiva sobre debida Diligencia en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)

Se aprobó con 366a favor, 225 en contra y 38 abstenciones. La versión final de la directiva sesupone que llegará a finales de 2023.

Las grandes empresas que tengan su sede y ejerzan su actividad en la UE deberán aplicar la diligencia debida en todos los puntos de su cadena de valor en materia de:

  • -          Derechos humanos y medio ambiente.
  • -          Responsabilidad civil.
  • -          Reparación por daños causados por las empresas.

Objetivo: identificar y eliminar a lo largo de toda la cadena de valor de sus operaciones. prácticas que promuevan:

  • -          Trabajo infantil.
  • -          Trabajo forzado.
  • -          Contaminación.
  • -          Degradación medioambiental.
  • -          Pérdida de diversidad

Ámbito:

  • -          Sede en UE: 250 empleados y ventas 40 millones de euros.
  • -          Matrices: 500 empleados y ventas globales 150 millones de euros.
  • -          Empresas no europeas: ventas 150 millones de euros (40 millones en la UE).

Claves:

-          Grandes empresas obligadas a:

  • o   Verificar a sus proveedores.
  • o   Deber corporativo de debida diligencia: identificar, poner fin, prevenir, mitigar y dar cuenta de los impactos negativos en las propias operaciones de la empresa, subsidiarias y cadenas de valor.
  • o   Plan para garantizar que su estrategia es compatible con limitar el calentamiento global a 1,5 °C y ligar el bonus de los directivos.

-          Las instituciones financieras:

  • o   Incluidas.
  • o   Cuando corresponda, los inversores se comprometerán con las empresas en las que invierten a minimizar su impacto adverso o eliminarlos.

Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS)

-          La CSDDD apoya la calidad y exhaustividad de los reportes de sostenibilidad según los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) con datos trazables y relevantes a su impacto, internamente y en toda la cadena de suministro.

Plazo:

  • -          Una vez aprobada la directiva final, las compañías tendrán un plazo de tres a cuatro años para aplicar las nuevas normas, en función de su tamaño y facturación.

Multas:

  • -          Name and shame: hacer público infracción e infractor.
  • -          Retirar sus productos del mercado.
  • -          Al menos el 5% de la facturación global.
  • -          Excluidas del mercado de contratación pública de la UE.

Las normas propuestas de responsabilidad legal sobre los directores a implementar y supervisar el proceso de debida diligencia no se aprobaron.