El RD 235/2013 de 5 de abril por el que
se aprobaba el procedimiento básico para la certificación de la
eficiencia energética de los edificios, establecía que a partir del 1 de
junio de 2013 era obligatorio tener dicho certificado en los edificios o
parte de los mismos que se vendieran o alquilaran a un nuevo
arrendatario así como en los edificios o parte de los mismos en los que
la autoridad pública ocupara una superficie superior a 250 m2 y
estuvieran frecuentados habitualmente por el público.
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