La contratación está recuperándose en España.
Las empresas han registrado un ligero incremento en las incorporaciones a tiempo parcial, así como mejorado el uso del contrato de formación y aprendizaje, especialmente en aquellas de mayor tamaño.
Las compañías con más de 50 trabajadores han duplicado su interés por el uso de esta modalidad de contrato, pasando del 8,1% al 16,6%.
Estos datos han sido presentados en la segunda entrega de resultados del Observatorio de Seguimiento de la Reforma Laboral 2012, iniciativa puesta en marcha por la Fundación Sagardoy, el Club de Excelencia en Sostenibilidad y ADECCO para monitorizar la aplicación práctica que las empresas españolas están realizando con la entrada en vigor de la Reforma Laboral del 12 de febrero de 2012.
Existe una reducción en el número de empresas que no han realizado ningún ajuste en su plantilla o en las condiciones de trabajo, porcentaje que desciende del casi 28% al actual 23%.
Despidos
La media de las indemnizaciones se sitúa en 26 días de salario por año de servicio.
Lo que demuestra que, si bien las indemnizaciones abonadas parecen estar reduciéndose en línea con los objetivos de la Reforma Laboral, las cantidades siguen siendo superiores a las previstas en el despido procedente.
Por lo que, aunque ha crecido en cuatro puntos desde hace sólo un año, sólo en 10,6% de los casos se abona la indemnización legal de 20 días.
Los despidos colectivos continúan siendo notablemente menos frecuentes que los individuales, representando sólo el 24% del total. El Observatorio apunta que los despidos siguen teniendo, prioritariamente, razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
El 77,6% de las empresas que despiden por razones objetivas utilizan simultáneamente otras medidas de ajustes. Un 34% del total, por ejemplo, combina acciones de flexibilidad externa e interna, mientras que un 35% utiliza medidas que no afectan a la cantidad de trabajo.
Flexibilidad laboral
Las empresas siguen realizando cambios en sus condiciones de trabajo, aplicando algunas de las opciones previstas en la Ley, como la movilidad geográfica (20%), el uso de la movilidad funcional (40%) y la modificación sustancial de las condiciones laborales (40%).
Entre las medidas de flexibilidad interna en las condiciones laborales, las áreas más comunes son el salario y el tiempo de trabajo, especialmente en el caso de los descuelgues de convenios colectivo.
En promedio, la reducción salarial se aplica en un 10%, porcentaje levemente superior en el caso de la jornada laboral. Asimismo, se destaca que, casi un tercio de las compañías encuestadas, han distribuido irregularmente la jornada, según lo permite el artículo 34.2 ET, con carácter general por debajo del 15% de las horas totales.
Otra medida que está teniendo una buena aceptación es el convenio de empresa.
Un tercio de las empresas encuestadas que rigen sus relaciones laborales en la actualidad a través de un convenio de sector, contestó positivamente a la pregunta si ha iniciado o piensa iniciar en los próximos tres meses el proceso para concluir un convenio de empresa.
Resumen
1. En materia de contratación, se incrementa ligeramente el nivel en lo relativo al tiempo parcial y se aprecia una mejora respecto a las dos anteriores ediciones de este barómetro en el uso del de formación y aprendizaje, especialmente en las empresas de mayor tamaño: el porcentaje de las de más de 50 trabajadores que los han usado o declaran tener intención de hacerlo en los próximos tres meses pasa en un año de un 8,1% a un 16,6%, aunque se reduce en el caso de las empresas de menor tamaño, en las que sólo alcanza el 5,6.
2. El recurso a empresas de trabajo temporal tiene una importancia relativamente alta: en torno a la mitad de las empresas entrevistadas han contratado o piensan hacerlo por medio de ETTs.
3. En relación a las medidas de ajuste se ha reducido el porcentaje de empresas que no ha realizado ningún ajuste en su plantilla o condiciones de trabajo ni piensa realizarlo, desde niveles próximos al 28% registrado en los anteriores observatorios al actual 23,8%.
4. Se mantiene el incremento de los despidos por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción observado en el anterior observatorio, en el que pasó del 37% al 43% de las empresas entrevistadas; con el 44% ha sido de nuevo la medida de ajuste más utilizada.
5. Dentro de las empresas encuestadas, aquellas que han necesitado despedir por razones objetivas, acompañan mayoritariamente esta medida con otras de diferente naturaleza; aunque aumentan (del 16,1% al 22,4%) las empresas que no utilizan simultáneamente a la reducción de plantilla con otras medidas de ajuste. Así, en la mayor parte de los casos, se opta o bien por el uso combinado de estas flexibilidad externa con otras de flexibilidad interna (un 34,1 % de las empresas que han tenido que despedir, lo que supone seis puntos menos que en la anterior oleada) o bien únicamente por acompañar los despidos de medidas que no afectan a la cantidad de trabajo (35,3%).
6. Los despidos colectivos siguen siendo notablemente menos frecuentes que los individuales, pues estos últimos suponen un 76% del total. Las indemnizaciones abonadas en estos casos parecen estar reduciéndose, en línea con los objetivos de la reforma, aunque sigue siendo mayoritario el pago de cantidades superiores a la prevista para el despido procedente: aunque ha crecido en cuatro puntos desde hace un año, sólo en 10,6% de los casos se abona la indemnización legal de 20 días. La media de las indemnizaciones se sitúa en 26 días de salario por año de servicio.
7. Las empresas siguen realizando importantes ajustes en sus condiciones de trabajo, aprovechando las distintas opciones legales: la movilidad geográfica se mantiene en niveles próximos al 20% mientras que el uso de la movilidad funcional lo hace en niveles ligeramente superiores al 40% de las empresas que han respondido a la encuesta; la modificación sustancial de condiciones de trabajo se reduce levemente, aunque se mantiene como medida ampliamente utilizada en niveles también cercanos al 40%.
8. Las condiciones más afectadas por las medidas de flexibilidad interna son el salario y el tiempo de trabajo, especialmente en el caso de los descuelgues, pues cuando operan modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo cobra mayor importancia la modificación de las funciones y la organización del trabajo. La reducción de salarios se sitúa, en promedio, en niveles próximos al 10%, y algo más en el caso de la jornada.
9. De las empresas encuestadas, casi un tercio, ha distribuido irregularmente la jornada acudiendo a la posibilidad legal abierta por el art. 34.2 ET, con carácter general por debajo del 15% de las horas totales.
10. La apuesta realizada por la reforma a favor de los convenios de empresa parece que está teniendo cierto eco empresarial. Un tercio de las empresas encuestadas que rigen sus relaciones laborales en la actualidad a través de un convenio de sector, contestó positivamente a la pregunta sobre si ha iniciado o piensa iniciar en los próximos tres meses el proceso para concluir un convenio de empresa, manteniendo el nivel de la anterior edición de este Observatorio.